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(Comentario del Comisario Julio de Antón en su libro Historia de la Policía Española)
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La recuperación de la memoria histórica es una de las tareas principales de toda iniciativa encaminada a incidir en el presente, para la consecución de un futuro diferente del que construyen los poderosos. Importante, porque permite trazar la línea invisible que liga los intentos emancipadores del pasado, con los sucesos presentes y la preparación de los venideros. Importante, porque pone de manifiesto los valores comunes, patrimonio del ser humano desde siempre, que nos impulsan a propiciar nuestros actos cotidianos de la sociedad futura. Este estudio casi “arqueológico” de rescate de nuestro pasado nos va a permitir enseñar virtualmente la historiografía de la POLICÍA española, con sus aspectos positivos y negativos, sus luces pero también sus sombras, de las penas y glorias de quienes nos antecedieron, presagio de los cambios y avances producidos, y de esa forma poder sacar las conclusiones apropiadas y tener juicios objetivos, permitiendo descartar las interpretaciones que durante tanto tiempo se han difundido, unas veces erróneamente y otras con la simple intención partidista o de hacer daño. Sería un honor para el webmaster que además, esta sala histórica fuese el germen de la interpretación del pasado de la POLICÍA española, de ese patrimonio histórico de nuestra Institución, que permita que todos puedan acercarse a conocerlo sin mordazas ni ataduras. Este observatorio del pasado de la POLICÍA española será también un homenaje a aquellos compañeros que emprendieron un viaje sin retorno en cumplimento del deber, y que merecen algo más que el olvido. Fdo.: cartujo
LA POLICÍA A TRAVÉS DE LA HISTORIA DE LA HUMANIDAD Las funciones clásicas de la Policía han pervivido a lo largo de la historia de todas las civilizaciones humanas organizadas. Otra cosa han sido las evoluciones lógicas sufridas en cada espacio cultural o geográfico, y a que cuerpos se haya encomendado su ejercicio. La palabra Policía, que proviene latín politia, y esta del griego politeia, se nos presenta, ya desde el análisis de su etimología, como inseparablemente asociada a la idea de vida en sociedad, relacionada así con todo lo que se refiere a la polis y su organización. La idea de constituir una Policía supuso una consecuencia necesaria tras la aparición del crimen, el efecto inexorable de la ambición por la propiedad individual que representa un vicio presente, de uno u otro modo, en todos los modelos de sociedad. Desde tiempos muy remotos se organizaron en todas las sociedades fuerzas más o menos perfeccionadas que se encargaban de velar por el cumplimiento de las normas que hacen posible la vida civil. La Policía estaba ya presente en la civilización antigua, desde su período más arcaico, cuando los poderes ejecutivo, legislativo y judicial eran todavía algo indivisible, personificado únicamente, en la figura del Magistrado. En este sentido, la Policía representaba su «longa manus», es decir, su ejecutor material, aunque él no se hallara presente. En el antiguo Egipto existían ya leyes escritas, una legislación comparable a lo que hoy son el Derecho Civil y el Derecho Penal y una rudimentaria organización administrativa para prevenir los crímenes y castigar a los criminales. Encontramos ya, en esta remota etapa historia del humanismo, una definición más precisa de las competencias y funciones de la Policía. En cada provincia, bajo la autoridad del monarca y sometidos a la administración pública, se hallaban los Jefes de Policía que ejercían las funciones investigativas, de instrucción y ejecución de la justicia. Durante la primera dinastía, los castigos fijados para los criminales, a menudo consistentes en mutilaciones físicas, estaban bien fijados en las leyes y eran, en ocasiones, extremadamente duros. Uno de los crímenes más frecuentes consistía en profanar las tumbas con la intención de robar sus tesoros. Para evitar la fuga de los ladrones por el Nilo, existía una especie de Policía Fluvial. Otros departamentos especiales del Ejército actuaban como Policía Fronteriza y como Guardia Civil. Además, una Policía de Abastecimientos investigaba el origen de las mercancías que se transportaban por las aguas del río. Ya desde épocas muy tempranas la administración egipcia conocía y empleaba boletines escritos en papiro con la descripción del criminal y un relato del crimen cometido En la Jerusalén anterior a la dominación romana existían también una Policía Criminal, una Sanitaria y otra Correccional, encargada esta última de velar por la moralidad de los ciudadanos.
En China, ya durante la dinastía de los Schang (1450-1050 a. J.C.), existía en todos los distritos una Policía de Orden Público que desempeñaba funciones parecidas a las de un espionaje interno. Un funcionario de Policía se encargaba del control ciudadano en cada calle de las grandes ciudades, sometiendo a estrecha vigilancia a los individuos sospechosos; debiendo informar al juez correspondiente de cualquier suceso y éste, a su vez, podía entrar en casa de cualquier ciudadano perteneciente a su distrito e interrogar a sus habitantes. Para ejercitar esta función, la Policía llevaba un censo de los habitantes de su área y velaba por la observancia de las normas. La misma función correspondía a la Policía en el Imperio Inca, que estaba formada por una espesa red de Informadores, Inspectores y Superintendentes, que controlaban escrupulosamente cada acto de cualquier vecino, y en especial de los pertenecientes a la Administración Pública. Se conoce ya la existencia de una Policía secreta en las antiguas civilizaciones de Grecia y Roma, en los califatos musulmanes y en las monarquías premodernas, así como en las repúblicas contemporáneas.
Con la Edad Moderna comenzaron a instituirse cuerpos de seguridad ciudadana que presentaban ya una organización más estable, tanto en lo que se refiere a la especialización de sus miembros para el cumplimiento de las tareas de vigilancia policial, como en su jerarquía interna, que siguió una evolución parecida a la que experimentan los ejércitos. A pesar de que en Francia se instituyó la «marechaussée» con carácter de Policía Pública a mediados del siglo XVI, aún seguiría compitiendo con las diferentes guardias personales del rey y de otros personajes importantes en la Corte, que desempeñaban en las ciudades tareas similares a las de salvaguardar el orden público. La «marechaussée» tenía atribuida jurisdicción sobre todo el territorio nacional y una acción circunscrita, sobre todo, al ámbito rural. Quedó constituido así el germen de lo que luego será la «Gendarmerie Nationale», nombre que recibió ya en la época del Consulado, y que ha conservado hasta nuestros días.
En Inglaterra, subsistía la tradición de la existencia de Brigadas policiales independientes que solían constituirse para combatir un determinado crimen en un momento concreto y cuyos miembros eran, a menudo, los propios ciudadanos. Hasta 1790 no se organizó una brigada que dispusiera de un estatuto oficial y de un sueldo fijo. Otra dificultad era la separación administrativa entre la City of London y la región metropolitana, que todavía hoy subsiste en el campo de la organización policial, pues la City mantiene su propia Policía. Entre los primeros precedentes de estos cuerpos se hallan el servicio secreto organizado por el ex-terrorista Joseph Fouché, al servicio de Napoleón: La policía se convirtió, como decía una circular de 1805, en "el poder regulador que, sensible en todas partes sin que sea percibida, detenta en el Estado el lugar que tiene en el Universo el poder que sostiene la armonía de los cuerpos celestes cuya regularidad nos llama la atención sin que podamos adivinar la causa... Cada una de las ramas de la administración posee una parte que la subordina a la policía". Esa policía no estaba en manos de una sola persona, ya que eso hubiese sido demasiado peligroso. Fouché, junto al ministerio de la Policía, regido por Savary, organizó una policía particular para cada ministerio y para el mismo Napoleón. Otro ejemplo de esos cuerpos originarios del sistema policial, fue el sistema de espionaje establecido en Austria por el canciller Metternich a partir de 1.819. No obstante, eran sobre todo servicios de información. Los primeros modelos en verdad modernos, ya con potestad judicial y ejecutiva (detención, juicio y castigo), lo constituyeron, en España, durante el reinado de Fernando VII, la Policía General del Reino (1.824) y en la Rusia zarista, la Ojranka, establecida en 1.825. En 1829 el Parlamento británico aceptó una ley por la cual todas las tropas policiales, con excepción de las de la City of London iban a ser mandadas por una sola dirección. Con el tiempo, a la Policía metropolitana se le plantea la necesidad de crear un cuartel general. En un conjunto de edificios conocido por el nombre de Scotland, debido al hecho de que, alrededor del año 1000, los reyes de Escocia solían alojarse allí en sus viajes a Londres, fue instalado el despacho central de la nueva Policía, que desde entonces fue conocida sucesivamente bajo los nombres de Little Scotland Yard, Middle Scotland Yard, Great Scotland Yard, New Scotland Yard y, por último bajo aquel por el que es conocida hoy en día: Scotland Yard. En España puede apreciarse, como en otros países europeos, una doble tradición policial: La derivada de la autoridad de una milicia personal adscrita a la defensa de un alto personaje o de una institución (guardias reales, Inquisición, Guardia civil...), y la que se deriva de la tendencia vecinal espontánea a organizarse en cuerpos de mayor o menor estabilidad en su constitución con el objetivo de salvaguardar el orden público y defenderse de peligros ocasionales o permanentes (somatenes, milicias, etc.). La institución de policías regulares en España fue relativamente tardía en relación con otros países. Hasta mediados del siglo XVIII, las labores policiales se encontraban divididas entre las guardias señoriales y gremiales, el ejército y la Inquisición, que no se limitaba a instruir causas, celebrar procesos y aplicar castigos, sino que, con su doble tarea de inquisitio y accusatio, se encargaba también de llevar a cabo las labores que corresponderían a lo que hoy se entiende por un cuerpo de Policía judicial, valiéndose no sólo de pesquisas directas, sino también del establecimiento de una densa red de confidentes y de la estimulación de la denuncia popular, sin limitarse a las infracciones que pudieran afectar a lo religioso y moral. En 1.812 en España se separaron las competencias judiciales de las policiales, pasando por un lado unas a depender del Ministerio de Justicia y las otras de los Ministerios de la Gobernación y de la Guerra.
LA REAL CÉLULA DE 1.824: RAÍZ DE LA POLICÍA ESPAÑOLA
En el s. XVIII, con la edad de la razón y coincidiendo con la decadencia del despotismo y el triunfo de la Revolución Francesa, se consolidaron las formas de Gobierno Constitucional, en las que la profesión de Policía se encuadró en un nuevo principio: El del Estado de Derecho. Toda limitación de la actividad y de la libertad individual debía estar motivada, desde entonces, por el interés superior de la Colectividad Nacional. La Policía estatal moderna, como cuerpo de seguridad independiente del ejército o de las redes de vigilancia asociadas a la Inquisición, nació en España en 1824, con la creación por decreto del Rey Fernando VII, de la "Policía General del Reino" con una Superintendencia General de Policía, al ver la necesidad de proporcionar a las ciudades españolas de una innovadora infraestructura pública de seguridad.
El 13 de enero de 1.824, dictó una Real Célula que contenía un Real Decreto del mismo mes y año, por la que se creaba, la entonces denominada "Policía General del Reino". Dicha Cédula de S.M. y Señores del Consejo sería desarrollada por un Reglamento Orgánico que contenía un organigrama del nuevo Cuerpo, con sus atribuciones y su financiación; siendo su máximo órgano la Superintendencia General de la Policía, a cuyo frente se hallaba un Juez, cuya denominación era la de Superintendente General, encuadrado este a su vez en el Ministerio de Gracia y Justicia; (subsistiendo todavía hoy esta denominación en los organigramas de la Ertzaintza vasca, en el de la Guardia Urbana de Barcelona y en la mayoría de las Policías Locales catalanas, aunque su dependencia orgánica sea de los poderes autonómicos y locales y no del Poder Judicial). Puede decirse que este fue el embrión de la Policía española actual. Más tarde, hacia 1.835, se suprimió la Superintendencia General de la Policía, siendo reemplazada por una estructura de Comisarios de Seguridad Pública en todas las provincias. Entonces como ahora, y al ser Madrid capital del Reino, teniendo ya entonces un gran índice poblacional, con respecto a otras ciudades españolas y consiguientemente mayor índice de delincuencia; lo que motivaría el que en la citada Real Célula, se dedicase un apartado especial a la misma; dotándosela de comisarías de distrito o "cuarteles", que es como se las llamó entonces, y que a pesar de los naturales cambios habidos, se han conservado hasta nuestros días, con la denominación moderna, que es como son conocidas por los ciudadanos españoles. Ese mismo año de 1.824 se promulgaron los Reglamentos de Madrid y de las demás demarcaciones provinciales del Reino, poniéndolas a las ordenes de un Superintendente Provincial en cada una de ellas, los cuales a su vez, estaban a las ordenes del Superintendente General. Además se dividió cada provincia en Subdelegaciones, que correspondían a las poblaciones o partidos importantes, siendo un total de 126 y que se consideran como el antecedente de las actuales Comisarías Provinciales y Locales. En la citada Célula de 1.824 ya se configuraba la doble función de la Policía moderna de hoy: por una parte, velar por el libre ejercicio de los derechos y libertades (de entonces) de los ciudadanos, persiguiendo a aquellos que los vulnerasen y poniéndolos a disposición de las autoridades judiciales, en un plazo máximo, decía su articulo XVIº: "en el plazo más tarde de ocho días". La otra función de aquella originaria fuerza policial era la prestación de un servicio público de seguridad "garantizando el bien y la seguridad pública", que coincidía con la actual preocupación y deseo de las Administraciones Públicas españolas (Estatal, Autonómicas y Locales) de dar un servicio público de seguridad a los ciudadanos, como garantía de su paz pública, de la necesaria calidad de vida y del bienestar general.
Su labor en el convulso ambiente del siglo XIX español tiende a confundirse, sin embargo, con la desempeñada por la Guardia Civil, cuerpo que había sido fundado en 1.844 y que llevaba a cabo, preferentemente, las labores de vigilancia en el área rural, donde tenían lugar muchos de los atentados contra el orden y la propiedad privada que caracterizaron el siglo. Debido a los difíciles momentos por los que pasaba nuestro país en aquellos momentos, la originaria Real Célula fue reformada por la del 19 de Agosto de 1.827. Insertando esta última un Real Decreto, que supuso un parón en el desarrollo de la todavía inmadura institución policial.
PRIMERAS DISTINCIONES ENTRE CUERPOS POLICIALES MILITARIZADOS Y CIVILES Fue en 1.833 cuando la Policía recibió un nuevo impulso, un día antes de la muerte de Fernando VII, el 28 de septiembre, con la promulgación de una Real Célula, debido a la explosión popular que degeneró en grandes desórdenes públicos, volviéndose a dotar de atribuciones a la Policía del Reino. Es a partir de este momento histórico de la Policía cuando se empieza a desarrollar dos modelos de Policía; creándose por un lado un cuerpo militarizado y por otro empiezan a avanzar muy lentamente los cuerpos civiles de Policía. Más tarde, fue el General Espartero el que tomó la decisión de abolir la Policía, fundamentando tal decisión en motivos económicos, con el Real Decreto de 2 de noviembre de 1.840.
Casi cuatro años después, nuevamente la Policía se puso en marcha con la publicación del Real Decreto de 26 de enero de 1.844, con la denominación de Cuerpo de Protección y Seguridad; procediéndose de esta forma a reformar la Policía antes de crear el Benemérito Instituto de la Guardia Civil. Dicho Real Decreto regulaba que la dependencia del nuevo cuerpo era del Ministerio de Gobernación y del Jefe Político (Gobernador Civil) en cada Provincia. Por otro Real Decreto del día 30 del mismo mes se creaba los Cuerpos de Comisarios, Celadores y Agentes. Pero ocurrió un hecho anecdótico: a los Agentes de Protección y Seguridad empezó a llamárseles popularmente "salvaguardias", por lo que otro Real Decreto de 6 de enero de 1.848, haciéndose eco del sentir del "populacho", les cambió otra vez su denominación, respetando su estructura y cometidos. En 1.852, por Real Decreto de 25 de febrero, se introdujeron nuevas reformas en el Cuerpo Civil de Protección y Seguridad, cambiándosele el nombre por el que más tiempo duró: el de Vigilancia, a los no uniformados y el de Seguridad, a los que vestían uniforme. Es ese mismo año, por una Orden, que desarrollaba el Real Decreto, cuando aparece, por vez primera, la figura de los Inspectores, a los que se les asigna la responsabilidad de la seguridad en sus distritos.
En 1.854 se producen diversos cambios y una nueva disolución; hasta que en 1.856 se reestructura de nuevo la Policía; culminándose el proceso a finales de 1.858, con la creación mediante Real Decreto de 29 de diciembre del Cuerpo de Vigilancia Pública. En 1.863 este Cuerpo sufre unas reformas de tipo administrativo, que llevan a la Policía de seguridad a absorber cometidos de la municipal. Y de nuevo, en 1.868 se volvieron a introducir ligeros retoques sobre las competencias del Cuerpo y nuevamente se le cambió el nombre, por el de Cuerpo de Orden Público, militarizando y uniformando a todos sus integrantes; hasta que, tras el fatal atentado al General Prim, se liberó a muchos de vestir el uniforme para que pudiesen dedicarse a tareas de Policía judicial.
Fue el 18 de julio de 1.871, cuando se produjo un acontecimiento, con una actuación brillantísima de la Policía: a las 12 de la noche cuando circulaba en coche de caballos por la calle Arenal de Madrid, SS.MM. los reyes Amadeo de Saboya y Doña María Victoria, a la altura de la calle Hileras, cuando grupo de hombres estacionados en las aceras, abrió fuego contra las testas coronadas, al paso de su carruaje. Pero una vertiginosa intervención de la Policía frustró el regicidio. Fue por Real Decreto de 6 de noviembre de 1.877 que se determinó que la Policía Judicial y Gubernativa de Madrid comprendía dos servicios: el de Vigilancia y el de Seguridad, dependientes ambos del Ministerio de la Gobernación; extendiéndose en 1887 este nombre para toda la Policía de España.
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Bibliografía: Como
puede deducirse fácilmente, la información que contiene esta investigación
no ha sido obtenida en un día, sino que es fruto de una intensa búsqueda.
Desgraciadamente no todas las fuentes son originales, ya que la mayoría están
fallecidas, sino a base de los pocos libros que hay publicados y al
alcance de las nuevas generaciones de POLICÍAS de ESPAÑA.
- "El derrumbamiento de la monarquía. Memorias de mi paso por la Dirección General de Seguridad". Emilio Mola Vidal, General y ex-Director General de Seguridad en el último gobierno de Alfonso XIII, tras la caída de la Dictadura del General Miguel Primo de Rivera - "Así cayó Alfonso XIII". Miguel Maura Gamazo, ex-Ministro de la Gobernación de la IIª República Española - "Historia del Ejército Popular de la República", Ramón Salas Larrazábal. - " Historia General de la Guerra de España", Ramón Salas Larrazabal. - "Historia de la Policía española". Julio de Antón, Comisario Principal del C.N.P. - "Transformaciones y cambio en la Policía española durante la IIª República", José María Miguélez Rueda, Historiador y funcionario del C.N.P. - Separata central de la revista "Policía". Antonio Viqueira Hinojosa - "Muñoz Grandes, el General de la División Azul". Fernando Vadillo - "Proces a la Guardia Civil". Manel Risques y Carles Barrachina |